Derechos del paciente
Derechos Generales de los Pacientes
1.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA.
El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal
preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las
circunstancias en que se brinda la atención, así como a ser informado cuando
requiera referencia a otro médico.
2.- RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO.
El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le
brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con
respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas
con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad,
cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los
familiares o acompañantes.
3.-RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico
tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y
tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con
oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud
del paciente y sea siempre veraz, ajustado a la realidad.
4.- DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIóN.
El paciente o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con
libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar
cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de
medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.
5.- OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.
El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale
la normativa, tienen derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito,
cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a
procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en
forma amplia y completa en qué consisten , de los beneficios que se esperan, así
como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a
consecuencia del acto médico, lo anterior incluye las situaciones en las cuales
el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de
donación de órganos.
6.- SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.
El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico
se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la
autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de
investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita
la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por
la ley.
7.- CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.
El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para
obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento
relacionados con su estado de salud.
8.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA.
Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene
derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier
establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar
sus condiciones.
9.- CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO.
El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la
atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa,
legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa
aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de
acuerdo con el fin requerido.
10.- SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.
El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la
instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica recibida
de servidores públicos o privados.
Así mismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para
tratar de resolver un conflicto con el personal de salud.
COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO - ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2012 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD
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